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Lucha contra el Fraude Notarial

El Estatus de Protección Temporal Termina en 2019: Proteja a Usted y a su Familia de las Estafas de Inmigración

El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) es un programa humanitario de los Estados Unidos para personas de países afectados significativamente por conflicto armado continuo, desastres ambientales u otras condiciones temporales extraordinarias. Para Haití, El Salvador y Nicaragua, TPS terminará en 2019. Esto significa que las personas con estatus de TPS tienen que regresar a su país de origen o encontrar otras opciones para permanecer legalmente en los Estados Unidos. Ya sea que se esté preparando para regresar a su país de origen o explore otras opciones para obtener un estatus legal en los Estados Unidos, tome en cuenta estos datos importantes para proteger su futuro y el de su familia.

Información sobre Notarios


DESCARGO DE RESPONSABILIDAD:

La siguiente información no es asesoramiento legal ni representación legal. Está proporcionada como servicio público por el ABA Comisión de Inmigración (ABA Commission on Immigration) sólo para informar y educar.

Si usted necesita asesoramiento legal, debe consultar con un abogado de inmigración autorizado o con un representante oficial de la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals o BIA). Más abajo usted encontrará información sobre cómo encontrar a un abogado de inmigración. 

La Comisión no asesora a la gente en asuntos legales, y por eso no puede responder a peticiones de asesoramiento legal. Nosotros recibimos bien sus comentarios, preguntas, preocupaciones, y sugerencias en cuanto a la utilidad de esta información.

Usted puede llamarnos a 202-662-1005 o escribirnos a [email protected].

 

El PELIGRO de FRAUDE de “NOTARIO”

Los “Notarios” o “Consultores de Inmigración” operan por todos los Estados Unidos y utilizan anuncios falsos y contratos fraudulentos para servicios que no pueden proporcionar. Ellos explotan la confianza de inmigrantes, los cuales acaban de venir a este país, todavía no entienden inglés ni conocen nuestro sistema legal, y asumen que un “notario” sea un abogado con el deber de proteger a sus intereses. Los notarios se presentan como si fueran autorizados a ayudar a los inmigrantes obtener estatus legal y a veces cobran mucho dinero para servicios que nunca proporcionan. Muchas veces, los inmigrantes pierden para siempre la oportunidad de pedir alivio migratorio porque un notario ha perjudicado a su caso. La información en este sitio está pensada para:

  • Ayudar a los inmigrantes determinar si han sido defraudados por un notario
  • Informar a los inmigrantes sus derechos y adónde ir para recibir ayuda
  • Educar a los inmigrantes para evitar que sean víctimas del fraude en el futuro
  • Apoyar a los defensores que representan a los inmigrantes defraudados


Usted puede ser víctima de un notario si
:

  • Usted pidió asistencia con su caso de inmigración a un individuo que se llamaba:
    • Notario
    • Notario Público
    • Consultor de Visado
    • Consultor de Inmigración

*En los Estados Unidos, un “notario” o un “notario público” NO es un abogado autorizado. Es una persona nombrada por el gobierno estatal para presenciar la firma de documentos importantes y para administrar juramentos.

  • El individuo le dijo que usted puede conseguir una tarjeta de residencia u otra ventaja para la cual usted nunca era elegible
  • El individuo le dijo que él/ella podía conseguirle tratamiento especial de una agencia gubernamental como El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (United Status Citizenship and Immigration Services o USCIS) o El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (U.S. Immigration and Customs Enforcement o USICE)
  • El individuo se quedó con sus documentos originales y/o sus notificaciones legales y le cobró a usted por la devolución de ellos
  • El individuo le pidió que firmara planillas en blanco
  • El individuo aceptó su dinero pero no proporcionó ningún servicio a usted
  • El individuo falsamente le dijo que era un abogado autorizado


Cómo Protegerse:
Pregunte las Preguntas Oportunas

Antes de que se reúna con alguien para asistencia con su caso de inmigración:

  • Pregunte a qué facultad de derecho asistía la persona , y en cuál estado el individuo (o su jefe, si usted está hablando con una oficinista) está autorizada ejercer derecho. Llame al Conjunto de Abogados (State Bar Association) del estado pertinente para confirmar esta información, y pregunte si han presentado quejas contra esta persona en el pasado.  
  • Si la persona no es un abogado, pero dice que es un “representante oficial,” usted puede confirmar esta información en este sitio
    Representantes oficiales están autorizados para representar a sus clientes en asuntos migratorios.
  • Pregunte si usted tiene que pagar por la consulta inicial, y si hay que pagar, pregunte cuánto costaría.
  • Pregunte cuánto cobra la persona si usted decide contratar a él/ella o la empresa para representarle a usted; pregunte cuánto cobra la persona por hora o si usted tiene que pagar una tarifa plana por adelantado.
  • Pida la información de contacto de unos individuos (clientes antiguos) que puedan proporcionar referencias la persona .

Durante la consulta:

  • Pida que la persona le muestre sus credenciales.
  • Pregunte si usted puede dejar copias de sus documentos con la persona, en vez de dejar los documentos originales.
  • Pregunta si usted tendrá que pagar para recibir notificaciones legales u otros documentos.


Un abogado o un “representante oficial” debe
:

  • Explicar sus opciones legales, incluyendo el hecho de que existe la posibilidad de que usted no sea elegible para conseguir alivio migratorio.
  • Proporcionarle a usted un contrato escrito que explique lo que él/ella va a hacer para usted, y cuánto los servicios le costarán a usted.
  • Permitirle suficiente tiempo para leer y entender el contrato antes de que usted lo firme. Si es necesario, la persona debe conseguir que el contrato sea traducido. Un abogado nunca debe pedir que usted firme una panilla en blanco, ni cualquier documento que usted no haya leído antes. Un abogado no debe exigir que usted firme el contrato en el acto si usted quiere más tiempo para leerlo y luego devolverlo durante la próxima consulta.


Si usted piensa que ha sido víctima de un notario
:

  • Comuníquese con una organización de servicios legales para pedir ayuda:
  • Para informarse sobre el estado de su caso migratorio, usted puede llamar al Tribunal de Inmigración gratis a 1-800-898-7180; asegúrese de que tenga su número “A” (número de registro de extranjeros).


Los Notarios Violan las Leyes Federales y Estatales

Leyes Federales

8 C.F.R. sección 292.1 et. seq. (1975) dice que:

  • Sólo abogados autorizados y “representantes oficiales” establecidos por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) bajo 8 C.F.R. sección 292.2 pueden ejercer derecho de inmigración o representar a clientes en asuntos migratorios. Estudiantes de derecho o estudiantes de derecho que se han graduado pueden representar a inmigrantes pero sólo bajo la supervisión de un abogado autorizado.
  • El ejercer derecho de inmigración incluye las siguientes actividades: “el acto o los actos de cualquier persona que comparezca en cualquier caso, en persona o a través de la preparación o presentación de cualquier escrito u otro documento, planilla, solicitud, o petición en nombre de otra persona o cliente ante o con el Servicio (USICE, o USCIS), o cualquier oficial del Servicio o de la Junta [de Apelaciones de Inmigración].

Representación bajo 8 C.F.R. 1.1(m) incluye:

  • ambos el ejercer y el preparar, incluyendo “el estudio de los datos de un caso y leyes aplicables, junto con el aconsejar y actividades auxiliares.”

Representación bajo 8 C.F.R. 1.1(m) no incluye:

  • las funciones líticas de un notario incluyendo el rellenar los espacios en blanco de las formas de inmigración mientras que la persona reciba paga nominal y no se presente como persona calificada para encargarse de asuntos legales con respecto a la inmigración y naturalización [si usted decide pedir asistencia a alguien que no sea representante oficial ni abogado, estas actividades pueden ser permitidas].

Leyes Estatales

Para una lista de leyes pertinentes organizadas por estado, haga clic aquí.

No existe una ley federal que regule “especialistas de inmigración” ni “ayudantes” salvo las regulaciones más arriba con respecto a los “representantes oficiales” de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Por lo tanto, algunos estados permiten que individuos no abogados ayuden a los inmigrantes mientras que estos individuos no ejerzan derecho según la definición de 8 C.F.R. sección 292.1 ni representen a un cliente según la definición de 8 C.F.R. 1.1(m). Adicionalmente, muchos estados expresamente prohíben que las personas representen a si mismo como abogados de inmigración o representantes oficiales de la BIA, y tienen remedios civiles o criminales para las violaciones de aquellas disposiciones.


Disciplina de Abogados

Reglas Modelos de Conducta Profesional

Abogados pueden ser disciplinados bajo las siguientes reglas:

  • Regla 1.1 Competencia
    • Un abogado proporcionará representación competente a un cliente. La representación competente requiere el conocimiento de derecho, la habilidad, la minuciosidad, y la preparación necesarios para la representación.
  • Regla 4.1 Veracidad de Declaraciones a Otros
    • Un abogado no prestará una declaración falsa de dato material intencionadamente a un tercero; tampoco dejará de revelar un dato material cuando esta revelación sea necesaria para evitar el asistir a un acto criminal o fraudulento de un cliente, salvo que la revelación sea prohibida debido a la confidencialidad.

Para información en cuanto a la presentación de una queja contra un abogado, visite esta pagina.